Tarifas

Tarifas del registro mercantil

A continuación encontrará las tarifas autorizadas por el Gobierno Nacional por concepto de la prestación de los servicios públicos registrales. Es necesario tener en cuenta que de conformidad con los artículos 42 y 43 del Decreto 2150 de 1995, así como con el artículo 166 del Decreto Ley 019 de 2012, las tarifas aplicables a las entidades sin ánimo de lucro serán las establecidas para las sociedades comerciales.

Nota: Cualquier persona puede examinar los libros, los archivos en que son llevados los registros públicos o los documentos emanados de éstos y tomar anotaciones de los mismos, esta consulta la puede realizar de forma gratuita en nuestra página WEB www.ccsurortolima.org.co o en cualquiera de nuestras salas virtuales. Usted puede solicitar fotocopia física de los mismos pagando los costos de reproducción. Si no requiere fotocopia física, escriba un correo electrónico a: contactenos@ccsurortolima.org.co (Art. 26 Código de Comercio y Circular Única Superintendencia de Industria y comercio numerales 1.5.1 y 1.12),Encuentre y descargue las Tarifas de los registros públicos para el año 2024 a continuación.

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